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La cláusula rebus sic stantibus en el contexto de la pandemia por la COVID- 19 (particular referencia al arrendamiento)

Authors :
Sanz Cristóbal, Alba
Álvarez Álvarez, Henar María
Universidad de Valladolid. Facultad de Ciencias Sociales, Jurídicas y de la Comunicación
Sanz Cristóbal, Alba
Álvarez Álvarez, Henar María
Universidad de Valladolid. Facultad de Ciencias Sociales, Jurídicas y de la Comunicación
Publication Year :
2021

Abstract

En el ámbito de los arrendamientos existe una cláusula de elevada importancia en situaciones de inestabilidad económica. La cláusula “rebus sic stantibus”, es decir, “estando así las cosas”. Esta cláusula permite modificar las disposiciones contractuales establecidas en un inicio. Perece bastante amplio el ámbito de aplicación, pero, durante el desarrollo del trabajo lo delimitaré, intentado, así, ver en los supuestos y materias en las cuales concurre su aplicación. Entonces, ¿es de reciente creación? Daré respuesta a este interrogante. Pero, cabe mencionar que ya en sentencias del año 1940 se hacía alusión a este mecanismo. Normativa de elevada importancia y relacionada con la materia es el Real Decreto Ley 15/2020 de 21 de abril, el cual también analizaré de forma más completa. A su vez, haré referencia a problemas relacionados con la aplicación de la cláusula que, a mi parecer, deberían ser paliados. Para finalizar, hacer hincapié en la importancia de esta cláusula dentro de los contratos de arrendamiento, o la posible complicación que pueda surgir en contraposición con el principio “pacta sunt servanda”, es decir, “los contratos están para cumplirse”.<br />Departamento de Derecho Civil<br />Grado en Derecho

Details

Database :
OAIster
Notes :
application/pdf, Spanish
Publication Type :
Electronic Resource
Accession number :
edsoai.on1456692616
Document Type :
Electronic Resource