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El daño no patrimonial en personas con consciencia limitada y grandes lesionados

Authors :
Eduardo Sirtori Tarazona
Llamas Pombo, Eugenio
Source :
GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca, instname
Publication Year :
2022

Abstract

[ES] El trabajo gira en torno a la siguiente pregunta: ¿es la consciencia un requisito para la indemnización de los daños no patrimoniales? Este interrogante a su vez suscita otros problemas como, por ejemplo: ¿existen razones que justifiquen que la víctima en estado de consciencia limitada reciba una indemnización menor que otras en condiciones similares pero conscientes? ¿cuáles son los argumentos en favor y en contra de la indemnización de esta clase de víctimas desde el derecho de daños en su construcción histórica y actual? ¿Qué respuestas se pueden plantear desde la teoría del daño no patrimonial? Para lograr resolver estas preguntas observaremos como metodología de trabajo aplicar la dogmática tradicional y actual de los daños no patrimoniales a los supuestos de consciencia limitada que hemos expuesto. En el primer capítulo se elabora un marco conceptual alrededor de la persona en estado de consciencia limitada, su relación con la discapacidad y desarrollo del concepto, al igual que las normas relevantes en materia de capacidad en torno a las modificaciones que ha sufrido el derecho civil español y comparado con ocasión de la Convención de Nueva York sobre Derechos Humanos para personas con discapacidad. En este capítulo también se conceptualizan los estados de consciencia limitada, sus características, diferencias y semejanzas con especial énfasis en los desarrollos recientes sobre estudios de fMri en personas en estado de consciencia limitada. En el segundo capítulo se aborda la noción de gran invalidez dentro del sistema para la valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Se caracteriza la noción de gran invalidez en clave de los estados de consciencia limitada examinando los supuestos de hecho planteados en esta esta tesis bajo las reglas del baremo. En este capítulo se describe el régimen jurídico de la renta vitalicia, como forma de reparación de daños no patrimoniales, su aplicación y conveniencia a los eventos de daños causados a personas en estado de consciencia limitada. En el capítulo tercero se busca analizar, a partir de los elementos del concepto de daño, si la consciencia aparece como un requisito para la indemnización de perjuicios no patrimoniales. En primer lugar, se plantea el estado del arte sobre las posturas en la doctrina y jurisprudencia nacional y comparada sobre la cuestión de la indemnización de los daños no patrimoniales en personas con consciencia limitada. A partir de la consciencia como un eventual requisito para el resarcimiento del daño, se hace un recorrido histórico conceptual sobre elementos propios de concepto de daño, tales como las teorías sobre su existencia, y sobre la tipicidad y los principales sistemas de derecho civil. En el capítulo cuarto se continua con el análisis histórico conceptual, pero a partir del concepto de antijuridicidad y la posibilidad de identificar la consciencia con un derecho vulnerado o por el contrario con un interés merecedor de tutela. En cuanto a este último punto se hace especial énfasis en el derecho español, pero también de trabajos de soft law como los PELT y el DFCR, al igual que doctrina y jurisprudencia comparada. Se desarrolla parte del marco teórico de esta tesis a partir del concepto de daño Pantaleón y Díez-Pícazo. El capítulo V analiza el concepto de daño no patrimonial como gran categoría de las consecuencias no pecuniarias del daño a la persona y sus funciones en el derecho de daños. En el capítulo sexto se desarrollan los argumentos por los cuales se considera que la limitación de la consciencia es un crédito integrante del patrimonio de la víctima y por tanto su lesión se traduce en la cristalización de daños no patrimoniales. Se sostiene que la lesión de bienes de la personalidad, derechos e intereses de la víctima constituyen criterios útiles para determinar la existencia del crédito resarcitorio no patrimonial. En esta investigación hemos querido trascender de lo teórico y analizar cómo fallan los jueces españoles los casos en donde las victimas afrontan secuelas como la limitación de la consciencia. Los casos del TS no son tan abundantes como se pensaría, pero una de las razones es que se trata de un juez de casación y por tanto los asuntos que llegan a su conocimiento son limitados y aun específicamente en lo que atañe a los daños no patrimoniales.

Details

Database :
OpenAIRE
Journal :
GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca, instname
Accession number :
edsair.doi.dedup.....aa3d8f2bf35757222fd1a22cf69f95db