1. Una forma testamentaria vigente desde el siglo XII hasta la codificación de 1917 (X 3. 26. 10)
- Author
-
Justo García Sánchez and Beatriz García Fueyo
- Subjects
Testamento ,Párroco ,Testigos ,Decretal ,Cum esses ,Recepción ,Philosophy of religion. Psychology of religion. Religion in relation to other subjects ,BL51-65 - Abstract
El Derecho romano exigía para el testamento nuncupativo la presencia de siete testigos. El Derecho canónico, merced a la Decretal Cum esses, de Alejandro III, en el último tercio del siglo XII, que pasó a la Compilación de Gregorio IX, dispuso la validez del testamento para causas profanas con la sola presencia del párroco y dos testigos. Debatieron los juristas, civilistas y canonistas acerca del significado del término «presbítero parroquial», así como de los requisitos de los testigos, sin olvidar la extensión territorial del precepto canónico y la capacidad del testador para otorgarlo. Esta regulación estuvo vigente hasta el CIC de 1917.
- Published
- 2024
- Full Text
- View/download PDF