1. La erradicación de cultivos ilícitos: Entre la necesidad operacional, la aspersión y sus límites
- Author
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Natalia Cuartas Ocampo and Walter Arévalo Ramírez
- Subjects
Princípio da precaução ,Sociology and Political Science ,Direito ao meio ambiente ,Programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glifosato (Pecig) ,Prior consultation ,Precautionary principle ,Tribunal Constitucional ,Program for the eradication of illicit crops by aerial spraying of glyphosate (Pecig) ,Right to the environment ,Constitutional Court ,Derechos humanos ,Human rights ,Derecho al ambiente ,Corte Constitucional ,Principio de precaución ,Law ,Consulta previa ,Programa para a Erradicação de Cultivos Ilícitos através da Pulverização Aérea do Glifosato (PECIG) ,Direitos humanos - Abstract
Mediante la Sentencia T-236 de 2017, la Corte Constitucional ordenó la no reanudación del Programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glifosato (Pecig) y sometió su continuación a dos requisitos, a saber: i) la implementación de la consulta previa y posterior en casos de afectaciones directas a comunidades étnicas en el marco de la implementación del Pecig, y ii) el diseño de un proceso para la toma de decisiones con base en el principio de precaución. Hasta la fecha, no se no ha propuesto una política que cumpla con los requisitos establecidos por la Corte; por tanto, el Pecig permanece suspendido. Lo anterior ha suscitado el debate frente a la posibilidad de flexibilizar las órdenes de la Corte ante la necesidad operacional de erradicar los cultivos de uso ilícito, como también replantear el debate de la erradicación desde el nuevo plan de gobierno “Colombia potencia mundial de la vida (2022-2026)” y sus perspectivas de seguridad humana, con el fin de enfrentar con eficiencia el aumento constante de estos cultivos. A partir de un análisis sobre la jurisprudencia de la Corte Constitucional, en este artículo se proponen recomendaciones sobre cómo el Estado colombiano debe cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de erradicación de cultivos ilícitos desde un enfoque de respeto a los derechos humanos y la protección del ambiente. Through judgement T-236 de 2017 the Colombian Constitutional Court ordered not to resume the Program for the Eradication of Illicit Crops by Aerial Spraying of Glyphosate (Pecig) and subjected its continuation to two requirements, namely: (i) the implementation of prior and post consultation in cases of direct affectations to ethnic communities in the framework of the Pecig’s implementation and (ii) the design of a decision-making process base on the precautionary principle. To date, the National Government has not designed a policy that complies with the requirements ordered by the Court; consequently, the Pecig remains suspended. This context has raised a debate on the possibility of making the Court's orders more flexible due to the operational need to eradicate illicit crops, opening up the possibility of tackling the constant increase of illicit crops efficiently. Therefore, based on an analysis of the Constitutional Court's jurisprudence, this article proposes some recommendations on how the Colombian state should comply with its international obligations regarding eradicating of illicit crops from a perspective of respect for human rights and environmental protection.
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- 2022
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